lunes, 7 de julio de 2008

Algunos conceptos



Ganancia Ocasional: Ingreso expresamente definido por la ley tributaria como tal, que se caracteriza por tener un origen diferente al giro de los negocios o actividades propias del contribuyente.

Ingresos No Constitutivos De Renta: Importe de los ingresos que por disposición expresa de las normas fiscales, no se someten al gravamen, en atención a las circunstancias especiales en las cuales son percibidas o bien porque mediante este mecanismo se busca fomentar o desarrollar un determinado sector de la economía.

Ingresos: Flujos de entradas de recursos, en forma de incremento del activo o disminución del pasivo o una combinación de ambos, que generan incrementos en el patrimonio; pueden ser devengados por la venta de bienes, por la prestación de servicios o por la enajenación de otras actividades, realizadas durante un periodo, que no provienen de los aportes de capital; tales aumentos pueden ser ordinarios o extraordinarios.

Patrimonio: Es el valor residual de los activos del ente económico, después de deducir todos sus pasivos.

Enajenación: Es la cesión definitiva de los derechos de uso o goce de un bien entre particulares, en el que puede existir el cobro de una contraprestación; en pocas palabras, es una compra-venta, aunque también en esta definición entran términos como los obsequios, cesiones por herencia, arrendamientos financieros, entre otros.

Capital aportado: Pagos hechos en efectivo o con otros bienes que hacen a una compañía sus accionistas por los siguientes conceptos:
a) cambio de acciones
b) cumplimiento de un gravamen sobre las acciones
c) donativo.

Herencias: se denomina herencia al acto jurídico mediante el cual una persona que fallece traspasa sus bienes, derechos y obligaciones otra u otras personas, que se denominan herederos. Así, se entiende por heredero la persona física o jurídica que tiene derecho a una parte de los bienes de una herencia.


La herencia como acto jurídico es también un hecho imponible. Al ser una fuente de ingresos para el heredero, la mayoría de los estados la gravan en mayor o menor medida mediante impuestos


Legado: Atribución de un valor patrimonial obtenido por la sucesión de un causante.


Donaciones: Desde el punto de vista tributario, es el desembolso financiero que efectúan libre y gratuitamente los contribuyentes, con el fin de ayudar a instituciones establecidas por ley y que tributariamente constituyen un gasto aceptado o un crédito contra el Impuesto de Primera Categoría o Global Complementario.


Gravamen: Carga de impuestos sobre algún bien. Dícese del impuesto que grava las utilidades o los ingresos, como el impuesto predial que grava los bienes raíces, el impuesto sobre la renta etc. Carga, limitación u obligación que afecta a un bien o persona. El uso de este término tiene diversas acepciones jurídicas según sea de la materia civil, mercantil, o fiscal, de que se trate.


Porción conyugal: La porción conyugal es aquélla parte del patrimonio de una persona difunta que la ley asigna al cónyuge sobreviviente que carece de lo necesario para su congrua subsistencia.


Tendrá derecho a la porción conyugal aun el cónyuge divorciado, a menos que por culpa suya haya dado ocasión al divorcio.


Prima en colocación de acciones: La prima en colocación de acciones es el mayor valor pagado sobre el nominal de la acción.


Reservas: Valores que por mandato expreso del máximo órgano social, se han apropiado de las utilidades liquidas de ejercicios anteriores obtenidas por un ente económico, como el objeto de cumplir disposiciones legales, estatutarias o para fines específicos.

Componente inflacionario: Porción de los rendimientos financieros obtenidos por contribuyentes del impuesto a la renta, que no constituyen renta ni ganancia ocasional.

Utilidad: Excedente de los ingresos sobre los costos y gastos correspondientes a un periodo

Sobretasa: Costo adicional a la tasa de interés que se paga por un crédito. Su nivel depende del costo de fondeo para el banco otorgante, pero también refleja el riesgo que para éste representa el acreditado.

Capitalización: Operación que consiste en invertir o prestar un capital, produciendo intereses durante el tiempo que dura la inversión o el préstamo.

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